miércoles, 23 de septiembre de 2015

Analizados más de 460 establecimientos de restauración para comprobar si cumplen las normas de protección al consumidor


La campaña, que finaliza en diciembre, presta especial atención al uso de aceiteras reutilizables y a la información sobre alérgenos.

Resultado de imagen de alergenos

La Dirección General de Consumo y los Servicios provinciales de Consumo de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía han analizado más de 460 establecimientos de restauración para comprobar si cumplen las normas de protección al consumidor.

En cumplimiento de la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, están llevando a cabo una campaña de inspección en establecimientos de restauración que vela, entre otros aspectos, por la exactitud en el peso y medida de los bienes y la correcta prestación de los servicios, o la legalidad, transparencia y accesibilidad de los precios, ha indicado el Gobierno andaluz en una nota.

En los resultados preliminares de esta campaña, se ha constatado que el 27,5 por ciento de los 466 establecimientos de este tipo inspeccionados incumplía algún tipo de norma sobre los derechos de los usuarios.

Durante la campaña de 2015, que se alargará hasta el mes de diciembre, se está haciendo hincapié en el tema de las aceiteras rellenables que, según una norma estatal, están prohibidas desde el 1 de marzo de 2014.

Según esta normativa, los aceites que se ponen a disposición del consumidor final tienen que ofrecerse en envases etiquetados y provistos de un sistema de apertura que pierda su integridad tras su primera utilización. En este sentido, solo se han detectado incumplimientos en cinco establecimientos de hostelería de Andalucía.

Por tipos de establecimientos, los Servicios de Consumo provinciales visitaron un 40 por ciento de bares, un 18 por ciento de cafeterías y un 42 por ciento de restaurantes.

Las principales infracciones se dieron por no cumplir con la obligación de venta por unidades de peso cuando se ofertan al público productos de charcutería, queso u otros productos susceptibles de ser cortados de una pieza principal en los establecimientos inspeccionados. En este caso, infringieron la norma un 36 por ciento de los locales.

Otro motivo de incumplimiento es que el 22 por ciento de los establecimientos inspeccionados no se encuentran expuestos los precios de comidas y bebidas, así como los servicios ofertados en el establecimiento, mediante cartas de comidas y bebidas y listas de precios.

Además, la información sobre alérgenos no se encuentra disponible y fácilmente accesible para el consumidor, quedando éste sin estar perfectamente informado en un 40,6 por ciento de los casos.

CONSEJOS A LOS USUARIOS

En relación a los servicios que prestan este tipo de establecimientos, la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud recomienda a los usuarios que se aseguren de que los precios sean "finales y completos", incluyendo el IVA, al tiempo que recuerden que el cubierto, la carta, la reserva de plaza o cualquier otro concepto similar no pueden ser cobrados, ya que se entienden que van incluidos en el precio y son elementos necesarios para la prestación del servicio.

Se aconseja también a los consumidores que verifiquen si existe alguna indicación de la existencia de diferencias en función de si el consumo se realiza en la mesa o en la barra, así como sobre si existen restricciones en las ofertas, como, por ejemplo, que en las mesas sólo se sirvan raciones, algo que el establecimiento puede hacer siempre que informe de ello al usuario a través de los mecanismos habilitados al efecto.

Los clientes deben tener en cuenta, por último, que el precio de los productos de charcutería que se corten de una pieza principal debe darse por peso, y el de los mariscos debe precisarse por peso o por número de unidades, no estando permitidas expresiones del tipo 'Precio según mercado', 'S.M.' o similares.

No hay comentarios:

Publicar un comentario